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Clarificación de la tributación de productos del programa Amazon Vine

10/11/2025

La reciente Consulta Vinculante V1285-25 emitida por la Dirección General de Tributos el 10 de julio de 2025, proporciona una clarificación crucial sobre la tributación de los productos recibidos a través del programa Amazon Vine. Este análisis es fundamental para los usuarios que participan en este programa, ya que aborda las implicaciones fiscales en relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Introducción: fiscalidad de los productos recibidos por reseñas

La DGT ha establecido el tratamiento fiscal aplicable a los bienes que los usuarios reciben sin costo alguno en el contexto de la elaboración de reseñas. Este pronunciamiento se centra en la distinción entre la recepción gratuita de productos como una forma de retribución en especie y la posterior venta de dichos productos, que puede considerarse una actividad económica sujeta a tributación.

IAE: actividad económica o participación ocasional

Según la DGT, la actividad de probar y reseñar productos no se encuentra sujeta al IAE, dado que no implica la organización de medios de producción o recursos humanos con un objetivo económico. Sin embargo, la venta de los productos recibidos puede estar sujeta al IAE si el usuario actúa de manera organizada y con la intención de participar en el mercado.

La clasificación correspondiente en las Tarifas del IAE es el Grupo 656, que se refiere al “Comercio al por menor de bienes usados”, a menos que la naturaleza de los productos vendidos exija una clasificación diferente, como es el caso de artículos electrónicos o informáticos. En el caso de ventas al por mayor, se aplicará la rúbrica sectorial correspondiente.

IVA: sujeción y valoración de las operaciones

La DGT sostiene que la venta de los productos recibidos está sujeta al IVA si el participante actúa como empresario o profesional, incluso de forma ocasional, conforme al artículo 5 de la Ley 37/1992. Además, la recepción de estos bienes puede considerarse una permuta, lo que también genera una operación sujeta a IVA.

La base imponible se determinará según el valor de mercado del bien entregado a cambio del servicio prestado, de acuerdo con el artículo 79 de la LIVA. La deducción del IVA soportado solo será posible si los productos se destinan a operaciones que están sujetas y no exentas.

IRPF: valoración de los bienes recibidos y venta posterior

Desde la óptica del IRPF, los bienes recibidos por los usuarios de Amazon Vine son considerados ganancias patrimoniales en especie, según los artículos 42.1 y 43 de la Ley 35/2006, y deben ser valorados a precio de mercado. Estas ganancias se integran en la base imponible general, conforme a los artículos 45 y 48 de la misma ley.

En el caso de una venta posterior, el tratamiento fiscal varía: si el usuario actúa como particular, la operación generará una ganancia o pérdida patrimonial. Si la venta se realiza en el marco de una actividad empresarial o profesional, el ingreso se considerará como rendimiento de actividad económica. La DGT aclara que no se aceptará la pérdida patrimonial cuando el bien se haya depreciado por su uso normal, según el artículo 33.5.b) de la LIRPF.

Relevancia práctica de la consulta

La Consulta V1285-25 es un documento clave para definir las obligaciones fiscales de los usuarios que participan en programas de reseñas con contraprestaciones en especie. Establece criterios claros sobre cuándo una participación ocasional se convierte en una actividad económica, afectando directamente a la sujeción a los impuestos IAE, IVA e IRPF.