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El logotipo «bio» no puede figurar en tisanas medicinales

06/08/2025

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aclarado que, en principio, no es posible utilizar el logotipo «bio» en el embalaje de medicamentos tradicionales a base de plantas, como las tisanas medicinales. Solo se permitirá esta indicación si la autoridad competente verifica que la producción ecológica tiene un efecto beneficioso sobre las características terapéuticas del medicamento.

Tisana medicinal de salvia con logotipo «bio»

La empresa alemana SALUS comercializa medicamentos a base de plantas, entre ellos, una tisana medicinal de hojas de salvia. En el embalaje de este producto aparece el logotipo «bio» oficial de producción ecológica de la Unión Europea. Además, SALUS tiene la intención de comercializar otras tisanas medicinales con la misma indicación ecológica.

La empresa competidora Twardy cuestiona esta práctica, alegando que el logotipo «bio» no puede utilizarse en el etiquetado de medicamentos, ya que está reservado para productos agrícolas y alimenticios ecológicos. Por este motivo, solicitó a los tribunales alemanes que prohibieran a SALUS comercializar sus tisanas medicinales con dicha mención.

Pregunta prejudicial sobre el logotipo «bio»

Ante la disputa, el tribunal alemán consultó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para determinar si el uso del logotipo «bio» en medicamentos tradicionales a base de plantas es conforme con la normativa comunitaria.

Fallo del Tribunal de Justicia sobre el logotipo «bio»

Restricciones al uso del logotipo «bio» en medicamentos

El Tribunal de Justicia ha resuelto que, en principio, los medicamentos tradicionales a base de plantas no pueden comercializarse con el logotipo «bio», ya que están sujetos exclusivamente a la normativa europea en materia de medicamentos. Dicha normativa no contempla el uso de indicaciones ecológicas como el logotipo «bio» en productos que se clasifican como medicamentos.

Excepciones al uso del logotipo «bio»

No obstante, el Tribunal deja abierta la posibilidad de que, durante el procedimiento de autorización de comercialización, la autoridad competente autorice el uso del logotipo «bio», si comprueba que la producción ecológica de las plantas utilizadas aporta un beneficio terapéutico concreto al medicamento.

Valor publicitario del logotipo «bio»

El Tribunal recuerda que los medicamentos solo pueden incluir información en su embalaje si es útil para el paciente y no tiene un carácter publicitario. Dado que el logotipo «bio» puede influir en la decisión de compra de los pacientes, especialmente en medicamentos que se venden sin receta, su uso sin justificación terapéutica no está permitido.

La importancia de la remisión prejudicial en el caso del logotipo «bio»

La consulta prejudicial permite que los tribunales nacionales aclaren la interpretación del Derecho de la Unión, como en este caso, sobre el uso del logotipo «bio». Si bien el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio concreto, su interpretación vincula a los tribunales nacionales en este y en futuros casos similares.