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Nuevo Reglamento del Impuesto Complementario: claves para la aplicación

02/04/2025

El reciente Reglamento del Impuesto Complementario ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado, con el objetivo de establecer un nivel mínimo global de imposición para grupos multinacionales y grandes grupos nacionales. Esta normativa se deriva de la Ley del Impuesto Complementario y proporciona directrices claras y técnicas que están en consonancia con las recomendaciones internacionales de la OCDE y la Unión Europea.

Aplicación y desarrollo del tributo

La principal finalidad de este reglamento es prevenir la erosión de las bases imponibles mediante la implementación de un tributo mínimo global. Esto asegura que los grandes grupos económicos contribuyan de manera justa y equitativa al sistema fiscal.

Sujetos obligados y excepciones

El reglamento determina que el impuesto se aplica a grupos multinacionales y nacionales cuya facturación consolidada exceda el umbral establecido por la ley. Sin embargo, se han previsto ciertas excepciones para entidades específicas, que incluyen:

  • Organizaciones sin ánimo de lucro que se dediquen exclusivamente a actividades auxiliares.
  • Mutuas de seguros que operen bajo condiciones reguladas específicas.

Estas excepciones se justifican por la naturaleza de las actividades de estas entidades y su impacto limitado en la erosión de las bases imponibles.

Determinación de la base imponible y ajustes fiscales

El reglamento introduce ajustes necesarios para asegurar un cálculo correcto del impuesto y prevenir distorsiones en la carga tributaria. Entre los aspectos destacados se encuentran:

  • Ajuste de impuestos cubiertos para armonizar la carga tributaria efectiva.
  • Tratamiento diferenciado de créditos fiscales, incluyendo créditos reembolsables, no reembolsables y transferibles.
  • Normas sobre impuestos diferidos, regulando su efecto en la base imponible y su deducibilidad.
  • Corrección de desajustes en ejercicios fiscales, con un enfoque particular en la integración de resultados en la consolidación contable.

Estas disposiciones tienen como objetivo garantizar que los grupos multinacionales y nacionales cumplan con una imposición mínima efectiva, reduciendo así el riesgo de prácticas de optimización fiscal agresiva.

Obligaciones formales y plazos de presentación

El reglamento establece la obligación de presentar una declaración informativa sobre el Impuesto Complementario. Se permite la opción de un régimen de declaración simplificada en ciertas jurisdicciones hasta el 1 de julio de 2030. Asimismo, se determinan los plazos para la presentación de la primera autoliquidación cuando un grupo comienza a estar sujeto a este tributo.

Esta regulación busca armonizar la carga administrativa, al mismo tiempo que garantiza la transparencia y el cumplimiento fiscal de los contribuyentes afectados.

Justificación del reglamento y coherencia con normativa internacional

La justificación de este desarrollo normativo radica en la necesidad de ofrecer seguridad jurídica y criterios interpretativos claros en la aplicación del Impuesto Complementario. Su contenido está alineado con los principios establecidos por la OCDE y la Unión Europea, lo que ayuda a evitar posibles conflictos en su implementación y asegura la coherencia con la normativa internacional.